Ampliación de la Moratoria 2020
Se habilitó la adhesión a la ampliación de la Moratoria 2020, para pymes, comerciantes, profesionales, grandes empresas, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro que podrán regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales, en hasta 120 cuotas.
Por Redacción El Agrario | 19-09-2020 03:09hs
A través de la Resolución General N° 4816/2020, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) extiende el universo de beneficiarios y ofrece alivio para las deudas acumuladas durante la pandemia de COVID-19, permitiendo una regularización de las obligaciones fiscales en hasta 120 cuotas.
De esta manera, se habilitó la adhesión a la ampliación de la Moratoria 2020, para pymes, comerciantes, profesionales, grandes empresas, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro que podrán regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales. La iniciativa incluye a aquellas personas humanas y personas jurídicas que originalmente no habían sido contempladas a finales del año pasado.
La medida, además, permite la posibilidad de regularizar deudas con la Administración generadas durante la pandemia, ya que incluye las obligaciones vencidas hasta el 31 de julio, informó la entidad.
Las empresas e individuos que adhieran al plan de facilidades comenzarán a pagar la primera cuota el 16 de diciembre, para ello, los contribuyentes deberán registrarse a través de afip.gob.ar hasta el 31 de octubre.
La Moratoria 2020 contempla plazos más extensos para que los pequeños contribuyentes regularicen sus obligaciones vencidas. En base a lo cual, las empresas e individuos que cuenten con un Certificado Mipyme vigente al momento de adhesión podrán acceder a 120 cuotas para pagar sus deudas tributarias y aduaneras, así como 60 cuotas para los aportes de la seguridad social. El resto de los contribuyentes podrá ingresar sus deudas tributarias y aduaneras en planes de facilidades de hasta 96 cuotas y contará con plazos de hasta 48 meses para las obligaciones previsionales.
La ampliación de la Moratoria ofrece la posibilidad de refinanciar hasta en 10 años las deudas impositivas y aduaneras; hasta en 5 años las de seguridad social. Prevé condonación de multas y reducción de intereses. Más info en https://t.co/mNRlJNpxLc pic.twitter.com/4TIa0Xx50h
Principales características de la ampliación de la moratoria 2020
- Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 31 de julio de 2020
- Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020
- Primera cuota vence el 16 de diciembre
- Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran pueden regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras. Los plazos son de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.
Condonación parcial de intereses y total de multas.
- Tasa de interés fija del 2% mensual hasta mayo de 2021. A partir del mes siguiente se aplicará una tasa variable en pesos.
- Condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.
- Establece para un grupo de contribuyentes la obligación de repatriación de activos financieros situados en el exterior en un plazo de 60 días desde que se formaliza la adhesión.
Más información en afip.gob.ar/moratoria.
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Fuente: Afip