Novedades Senasa

Nuevas prórrogas para vacunación contra aftosa y habilitaciones

Por Valeria Pirotta | 10-04-2020 02:30hs

En el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia de COVID-19 y en consideración de las medidas adoptadas al respecto por el gobierno nacional, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dispone:

Prórroga de plazos para vacunación contra la Fiebre Aftosa

Se prorroga hasta el día 24 de abril de 2020 inclusive, el plazo establecido en el Artículo 2° de la Resolución N° 2020-288 del 24 de marzo de 2020 de esta entidad, que exceptúa del cumplimiento de la última vacunación contra la Fiebre Aftosa correspondiente a la campaña en curso, los movimientos de: bovinos y bubalinos procedentes de establecimientos agropecuarios que aún no hayan cumplimentado o completado en su totalidad la vacunación correspondiente a la Primera Campaña de vacunación contra la Fiebre Aftosa del año 2020.

Dicha excepción procederá solo cuando estos animales se destinen a establecimientos que, al momento de la recepción, tampoco hayan cumplimentado o completado en su totalidad la vacunación correspondiente a la Primera Campaña de vacunación contra la Fiebre Aftosa del corriente año; y no alcanza a los bovinos y bubalinos que aún no hayan recibido su primo-vacunación contra la Fiebre Aftosa.

La medida se efectiviza por Disposición 112/2020, con vigencia a partir del 1ero de abril.

 

Prórroga de habilitaciones e inscripciones.

Se prorroga hasta el 31 de julio de 2020 el vencimiento de las habilitaciones, inscripciones e identificaciones de:

  • Establecimientos y firmas de alimentos para animales;
  • Mercados mayoristas, mercados concentradores, depósitos, centros de reexpedición, operadores comerciales, operadores de playa libre o playas logísticas y acopiadores de frutas y hortalizas;
  • Establecimientos de empaque y frigoríficos de frutas y hortalizas regulados;
  • Establecimientos de lavado y desinfección de envases plásticos reutilizables destinados al embalaje de frutas y hortalizas frescas;
  • Habilitación de transportes de productos de origen animal.

La entidad aclara que la prórroga establecida no afecta las condiciones sanitarias ni de inocuidad de los establecimientos y transportes referidos en el mismo.

La mencionada medida opera por Resolución 295/2020, con vigencia a partir del 28 de marzo

Más noticias

'Es probable que la pandemia cree una mayor desigualdad'

Emergencia sanitaria: recomendaciones para la producción de miel

Unión Europea: préstamos para los agricultores y “carriles verdes” para mantener el abastecimiento

Receta del Pan de Carne Relleno

¿Cuánto sabés del Martín Fierro? 7

'Apostamos a las PyMes por ser motor en los pueblos y complementar al campo'