Nuevos montos mínimos de salario para trabajadores rurales en distintas actividades del país
Se fijaron las remuneraciones mínimas para diferentes actividades en el ámbito de todo el país y de las provincias de Santiago del Estero, Chubut, Santa Cruz, Mendoza Y San Juan.
Por Redacción El Agrario | 25-03-2023 08:02hs
Con fecha 17 de marzo, la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) publicó resoluciones sobre remuneraciones mínimas para los trabajadores que se desempeñan en diversas actividades en el ámbito de todo el país y de las provincias de Santiago del Estero, Chubut, Santa Cruz, Mendoza Y San Juan.
Podés acceder a las resoluciones completas haciendo click en los números de las mismas:
017-2023: Remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de cosecha y manipuleo de ajo, en el ámbito de la provincia de Santiago del Estero.
018-2023: Remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad algodonera, en el ámbito de la provincia de Santiago del Estero.
019-2023: Remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad olivícola, en el ámbito de todo el país.
020-2023: Remuneraciones mínimas para los trabajadores que de manera exclusiva desempeñan tareas de aplicación de productos fitosanitarios, en el ámbito de todo el país.
021-2023: Remuneraciones mínimas referidas al acuerdo celebrado entre la empresa Alambrar y la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores, en las provincias de Chubut y Santa Cruz.
022-2023: Remuneraciones mínimas para el personal ocupado en tareas de cosecha de tomate, en el ámbito de las provincias de Mendoza Y San Juan.
023-2023: Remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de cosecha de ciruela, en el ámbito de las provincias de Mendoza Y San Juan.
024-2023: Remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña tareas en la cosecha de espinaca, en el ámbito de las provincias de Mendoza Y San Juan.
025-2023: Remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la cosecha de granada, en las provincias de Mendoza Y San Juan.