Mundo laboral

Presencial o no presencial, ¿esa es la cuestión?

Si bien el trabajo en pandemia se dividió en presencial o virtual, hoy ya se habla de que la nueva metodología va a ser la híbrida. En Argentina ya está vigente la ley de teletrabajo, pero no habla del mundo híbrido y no resuelve el fondo de la problemática, que es el nuevo mundo post Covid y las relaciones laborales.

Por Patricio Detto | 07-08-2021 10:02hs

Entre los tantos cambios que provocó la pandemia en la vida diaria y rutinaria de las personas, el mundo del trabajo no quedó eximido de estas consecuencias. La más visible es la que afecta a la metodología de lo laboral, dividida en un principio entre presencial o virtual. Aunque ahora existen especialistas que se están inclinando por una opción intermedia a la que denominan híbrida.

Un primer punto a tener en cuenta es que, ante cada pregunta, siempre se debería anteponer un gran “depende”. Cada trabajo (o forma de realizarlo) y cada persona son únicos, es por ello que una legislación o una medida que intente abarcar a todos y a todas, y en todos los pormenores laborales, siempre va a quedar desactualizada y con grupos excluidos. El mundo del trabajo y de las tecnologías avanza mucho más rápido que el Congreso Nacional.

Un claro ejemplo de esto es que el nuevo modelo que están pensando implementar muchas empresas privadas no está mencionado en la ley nacional de Teletrabajo aprobada en julio de 2020 y que entró en vigencia el 1 de abril de este año.

El modelo híbrido es el que va a predominar los próximos años, a la velocidad que el negocio lo permita y que sus directivos lo validen.

Se trata de un modelo híbrido, donde se combina la presencialidad con la virtualidad en función del tipo de trabajo y de la necesidad del empleador y del trabajador. Si bien es obvio que hay trabajos que, por lo menos por ahora, no se pueden hacer de forma virtual, también existen otros que no requieren de la presencialidad como única forma de realización. En el medio quedaron las muchas formas de combinación de ambas metodologías que permiten miles de trabajos. Y no sólo los considerados más modernos vinculados a la tecnología. Hoy se puede discutir si es necesario asistir al estudio de un contador, de un abogado o de un arquitecto para mantener una reunión, gestionar un trámite o iniciar algún proyecto en particular.

"El modelo híbrido es el que va a predominar los próximos años, a la velocidad que el negocio lo permita y que sus directivos lo validen", sostuvo el director general de dotación de personal de Randstad, Maximiliano Schellhas.

La Directora de Recursos Humanos de Accenture Latinoamérica, Alejandra Ferraro, coincide con esta postura. Ella sostiene que “van a seguir existiendo algunos roles que puedan requerir del trabajo presencial todo el tiempo y puede haber ciertos roles que van a tener la excusa del trabajo 100% virtual: pero la mayoría de los roles van a estar en un modelo híbrido”.

De todas formas, ambos también hacen referencia a la conexión necesaria entre el trabajador y la empresa y entre las mismas personas de la institución. Al fin y al cabo, se trata de seres humanos con las necesidades de vinculación inherentes a su condición de tal. Ferraro señaló que las empresas tienen que hacer un esfuerzo para humanizar la relación con el empleado remoto a través de acciones que lo integren a la cultura corporativa. Para Shellhas "el compartir el lugar de trabajo trae ventajas irremplazables para los equipos y la organización; aumenta la conexión entre colegas, las charlas en los pasillos en persona, la manera de vincularse es más cercana".

Lo que resta por conocer es el marco legal en el que se encuadre esta forma híbrida, la cual, por ahora, dependerá de un acuerdo personal entre trabajador y empleador.

 

Trabajo presencial y vacunación

Un problema que se está generando en muchas empresas, y que también está afectando al Estado, es el regreso a la presencialidad del personal que es imprescindible que lo haga pero que aún no está vacunado o que no completó el esquema de vacunación con las dos dosis recomendadas.

No hay claridad en torno al tema y, hasta el momento, la única regulación que existe son dos resoluciones oficiales dictadas en conjunto entre la Secretaría de Gestión y Empleo Público (Jefatura de Gabinete), el ministerio de Trabajo y el ministerio de Salud. Las mismas posibilitan a las dependencias estatales a intimar a los trabajadores públicos a retomar la presencialidad 14 días después de darse la primera dosis de la vacuna contra el covid. Además, también le otorga este permiso al sector privado.

Sin embargo, desde las entidades representativas de las empresas y empleadores privados, sostienen que no pueden obligar a ningún trabajador a que retome la presencialidad. Esto se debe a que, en muchos casos, se niegan por no contar con el esquema de vacunación completo, lo que puede poner en riesgo su salud, la de sus compañeros de trabajo y la de sus familias, o porque directamente no cuentan con ninguna vacuna aplicada.

Además, se introduce en este debate el artículo 75 de la Ley de Contrato de Trabajo, que autoriza al trabajador a no asistir a su lugar de trabajo si no se pueden asegurar las condiciones de seguridad e higiene o si existe una situación de riesgo.

En declaraciones a los medios, Daniel Funes de Rioja, presidente de la Unión Industrial Argentina (UIA), afirmó: “En la UIA tuvimos esta discusión y determinamos que a quien esté vacunado y no tenga comorbilidades, se lo intima a presentarse. Si se incumple la intimación, hay abandono de trabajo y la persona se pone en una posición de pérdida del empleo”.

Planteada esta situación, parecen no quedar demasiadas opciones que no sean la de la aplicación de las dos dosis de manera inmediata a la mayor cantidad de personas posibles, que el Estado publique una nueva regulación que aclare y ordene la vuelta al trabajo presencial o que el coronavirus desaparezca.

Foto destacada: Télam

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