Yerba Mate

Se controlará la cantidad de palo y polvo en los paquetes de yerba

El Gobierno modificó la normativa para controlar la calidad de la yerba canchada a través de la Resolución 379/2020, publicada este lunes fue en el Boletín Oficial.

Por Christian Fasani | 17-11-2020 01:30hs

Este lunes fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 379/2020,a través de la cual, el Gobierno modifica la normativa para controlar la calidad de la yerba canchada, es decir que a partir de ahora se regulará la cantidad de palo y polvo que hay dentro de los paquetes. Además, "el material de descarte deberá ser inutilizado, sin excepción, ante la presencia de los funcionarios del INYM que certificarán la efectiva inutilización del mismo, estando prohibido su transporte y/o comercialización”.

No solo se controlará el destino que le dan “al palo descarte “, sino además, deberán informan la cantidad que tienen del mismo respetando nuevos requerimientos y exigencias. De esta manera, los productores estarán obligados a informar la tenencia de palo de descarte de yerba mate existente al cierre de cada período mensual mediante la presentación de una declaración jurada, que se realizará de manera on-line, a través del portal web del mencionado Instituto Nacional.

 

 

El reglamento indica además, que la yerba debe estar libre de materias extrañas como semillas y otros vegetales y no puede estar alterada.

En este sentido, se informó que estará autorizada a contener de “palos de yerba mate sobre malla 5 mm. x 70 mm., un máximo de 5,00 %; volumen retenido por tamiz 420 mm, un mínimo de 88,0 % y bajo tamiz 420 mm (malla 40) (polvo de hoja y palo), un máximo de 7,00 por ciento”. En tanto, el “total de palo, incluida la fibra cruda”, no podrá superar el 35 por ciento".

El Gobierno, con el objetivo de realizar un trabajo correcto, aprobó una Guía de Toma de Muestras y Controldonde, entre otras cosas, señalan que las bolsas que se tomaran para la extracción de muestras "deben ser seleccionada al azar" y “encontrarse lo más separadas unas de otras y hallarse en condiciones óptimas, es decir, no poseer roturas, manchas de humedad, etc”.

El mencionado documento está firmado por todas las autoridades del Instituto Nacional de la Yerba Mate(INYM). La medida afecta a “todos los operadores que efectúen tareas de recepción, transporte y/o secado de hoja verde, ya sea ésta de origen nacional o importada, independientemente de que la materia prima sea propia o de terceros”.

En este sentido, desde el Instituto sostuvieron que “resulta necesario exigir que la yerba mate canchada que se comercialice en el país cumpla con especificaciones microbiológicas que aseguren la inocuidad" de la materia prima, lo que “se corresponde con lo establecido por el código alimentario argentino para la yerba mate elaborada”.

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