Se prohibió el traslado de media reses o cortes de carne superiores a los 25 kilos sin asistencia mecánica
Se publicó ayer en el Boletín Oficial la resolución 13/2020 del ministerio de Trabajo, que establece que toda manipulación, transporte, distribución, carga y/o descarga de productos cárnicos superiores a 25 kilos deberá realizarse con asistencia mecánica.
Por Redacción El Agrario | 31-01-2020 05:44hs
A través de la resolución 13/2020 el ministerio de Trabajo de la Nación estableció que toda manipulación, transporte, distribución, carga y/o descarga de productos cárnicos, cuyo peso sea superior a los veinticinco kilogramos (25 Kg.), se deberá realizar con la asistencia de medios mecánicos adecuados, a fin de resguardar la vida y la salud de los trabajadores y procurando para ello reducir o eliminar los riesgos a los que están sometidos. La norma entrará en vigencia a partir de abril.
El objetivo fundamental de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) es reducir la siniestralidad a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo. Es así, que al reconocer los trastornos músculoesqueléticos relacionados con el trabajo como un problema importante de salud laboral, se establecieron controles para los trabajos específicos, dentro de los cuales se encuentra la adopción obligatoria de medidas prácticas de ingeniería y administrativas para eliminar o reducir los factores de riesgo.
La Federación Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus Derivados, conducida por José Alberto Fantini celebró la publicación en el Boletin Oficial de la mencionada Resolución. Al respecto Fantini señaló: “Se trata de un reclamo histórico por el que nuestra Federación viene pidiendo hace ya varios gobiernos, y que por fin hoy es tenido en cuenta. Agradecemos la atención brindada por el ministro Claudio Moroni y ratificamos nuestro compromiso de seguir trabajando por la producción y el bienestar de nuestros representados”.
“Es un cambio que va a favorecer no solo la salud de nuestros trabajadores, sino también la higiene del producto que llega al consumidor. Desde la Federación pondremos especial atención para que la norma se cumpla al pie de la letra”, concluyó Fantini.
Además, aquellos empleadores alcanzados por esta resolución deberán llevar un registro del mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos mecánicos utilizados. En caso de incumplimiento por parte de los empleadores, las Aseguradoras de Riesgos Del Trabajo (A.R.T.) deberán denunciarlo ante esta SRT, quien a su vez lo llevará a conocimiento de las Administradoras del Trabajo Locales